En casos verdaderamente excepcionales, la Junta de Gobierno podrá relevar, total o parcialmente, en sus funciones a cualquier miembro de la Junta, dando cuenta de esta resolución a la Asamblea General Ordinaria siguiente, siendo necesario para ello una votación no secreta, con mayoría de los dos tercios.
Texto oficial de Real Decreto 2518/1978, de 26 de julio, por el que se aprueban los Estatutos provisionales del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales (BOE-A-1978-26975). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 26. Suspensión de cargos. — Real Decreto 2518/1978, de 26 de julio, por el que se aprueban los Estatutos provisionales del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales · BOE Fácil