TÍTULO II. Tramitación de proyectos y autorizaciones · CAPÍTULO I. De las zonas de interés para la Defensa Nacional · Sección 2.ª De los particulares
Artículo 60.
1. A los efectos previstos en el artículo 6, las personas físicas o jurídicas privadas que pretendan realizar en una zona de interés para la Defensa Nacional cualquier obra o actividad afectadas por las limitaciones establecidas, o que se establezcan, en los respectivos Decretos de declaración de dichas zonas, deberán formular por conducto de la Autoridad regional correspondiente instancia dirigida al Ministro de Defensa, acompañada, en su caso, de una Memoria explicativa y de los planes necesarios para el más exacto conocimiento del propósito perseguido.
2. En la Memoria explicativa a que se refiere el párrafo anterior, se harán constar la naturaleza, características y finalidad de los trabajos o actividades a realizar, tiempo probable de duración, número aproximado y categoría profesional del personal a emplear. Si todo, o parte del mismo, fuere extranjero se hará especial y detallada mención de esta circunstancia.
3. Tanto la instancia como los documentos oportunos se presentarán en dos ejemplares.
4. A los efectos de presentación de documentos a que se refiere este artículo y acuse de recibo de los mismos, será aplicable lo dispuesto en los artículos 88 y 69 del Decreto 1408/1966, de 2 de junio, de adaptación de la Ley de Procedimiento Administrativo a los Departamentos Militares.
Texto oficial de Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional (BOE-A-1978-9612). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 60. — Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional · BOE Fácil