TÍTULO III. Indemnizaciones y sanciones · CAPÍTULO II. Sanciones
Artículo 97.
Contestado el pliego de cargos o transcurrido el plazo para hacerlo, el Instructor formulará propuesta de resolución, que se notificará igualmente a los interesados para que en el plazo de otros ocho días puedan alegar cuanto consideren conveniente en su descargo. Terminado el procedimiento, se remitirá con todo lo actuado a la Autoridad que ordenó su incoación.
Texto oficial de Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional (BOE-A-1978-9612). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 97. — Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional · BOE Fácil