1. El personal al servicio de la sala de bingo no podrá en ningún caso participar en el juego, directamente o mediante terceras personas, conceder préstamos a los jugadores y consumir bebidas alcohólicas durante las horas de servicio.
2. Las empresas de servicios a que se refiere el artículo 6.º del presente Reglamento no podrán tener a su servicio personas que formen parte de las Juntas Directivas o Consejos de Administración de las entidades, o empresas cuyas salas de bingo gestionen.
Texto oficial de Orden de 9 de enero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento del juego del bingo (BOE-A-1979-2188). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 29. Prohibiciones,. — Orden de 9 de enero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento del juego del bingo · BOE Fácil