1. La organización y explotación del juego del bingo deberá realizarse directamente por las empresas titulares de la autorización. En el caso de las entidades reguladas en los artículos 4.º, apartado a), y 5.º de este Reglamento, la organización y explotación del juego del bingo podrá ser contratada con una empresa de servicios.
2. Las empresas de servicios a que se refiere el apartado anterior habrán de reunir los requisitos exigidos en el artículo 4.º, apartado b), para las empresas titulares
> <small>Se modifica por el apartado único.3 de la Orden INT/2499/2002, de 4 de octubre. [Ref. BOE-A-2002-19686](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-19686).</small>
Texto oficial de Orden de 9 de enero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento del juego del bingo (BOE-A-1979-2188). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. º Empresas de servicios. — Orden de 9 de enero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento del juego del bingo · BOE Fácil