TÍTULO I. Del Tribunal Constitucional · CAPÍTULO II. De los Magistrados del Tribunal Constitucional
Artículo 26.
La responsabilidad criminal de los Magistrados del Tribunal Constitucional sólo será exigible ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
> Véase el artículo 57.1.2.º de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Texto oficial de Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (BOE-A-1979-23709). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.