El Seguro será puesto en práctica de forma progresiva según producciones, zonas y riesgos, en función de la importancia socieconómica, de la producción, número de posibles asegurados, normas de ordenación agraria y con arreglo a los programas que establezcan los planes periódicos de seguros.
Texto oficial de Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados (BOE-A-1979-23945). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Implantación. — Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados · BOE Fácil