TÍTULO V. Sistemas de actuación · CAPÍTULO IV. Sistema de expropiación · Sección 1. Disposiciones generales
Artículo 194.
La expropiación forzosa por razón de urbanismo se adoptará para el cumplimiento de alguna de estas finalidades:
a) Para la ejecución de los sistemas generales o de alguno de sus elementos o para llevar a efecto actuaciones aisladas en suelo urbano.
b) Para la urbanización de polígonos o unidades de actuación completos, mediante la aplicación del sistema de expropiación para la ejecución del plan de que se trate.
Texto oficial de Reglamento de Gestión Urbanística (BOE-A-1979-2886). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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