El Consejo General de Colegios, que integrará a todos los Ilustres Colegios Profesionales de Delineantes, será el Organismo supremo representativo de la profesión con carácter nacional. Radicará en Madrid y ejercerá una función coordinadora entre los Colegios y rectora dentro de las atribuciones que le confieren los presentes Estatutos. Tendrá a todos los efectos la condición de Corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad civil y administrativa.
Texto oficial de Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes (BOE-A-1979-3121). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 39. Condiciones y funciones generales. — Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes · BOE Fácil