El Consejo General de Colegios se reunirá obligatoriamente dos veces al año, previa convocatoria con diez días de antelación. En la primera reunión del año que se celebre se tratará de la aprobación de presupuestos, que deberá remitirse luego a los Colegios y se dará lectura a una Memoria informativa sobre la marcha del Consejo y de su Comisión Ejecutiva.
Texto oficial de Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes (BOE-A-1979-3121). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 45. De las reuniones ordinarias. — Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes · BOE Fácil