CAPÍTULO 2. Reconocimiento y prueba de arma · Clasificación de las armas a efectos de la prueba de sobrepresión
Artículo 87.
Las armas del grupo tercero se someterán a la «prueba superior con pólvora sin humo», consistente en disparar dos cartuchos con cada cañón cargado con pólvoras sin humo, de forma que desarrollen una presión de 1.000 kg/cm<sup>2</sup> si el arma es de calibre 16 o superior, y de 1.100 kg/cm<sup>2</sup> si el arma es de calibre 20 o inferior.
Texto oficial de Orden de 19 de febrero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portátiles y sus Municiones (BOE-A-1979-5952). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 87. — Orden de 19 de febrero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portátiles y sus Municiones · BOE Fácil