Uno. En los Cuerpos de Gestión Postal y de Telecomunicación y Ejecutivo Postal y de Telecomunicación, así como en la Escala de Oficiales Postales y de Telecomunicación del Cuerpo de Auxiliares Postales y de Telecomunicación, podrá haber tres especialidades: Postal, de Telecomunicación y Administrativa. A través de los oportunos cursos de formación se podrá pasar de una especialidad a otra.
Dos. Los funcionarios que deseen prestar servicio en la Caja Postal de Ahorros tendrán que aprobar previamente el curso de formación bancaria que corresponda.
Texto oficial de Ley de Cuerpos Especiales Postal y de Telecomunicación (BOE-A-1979-698). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. — Ley de Cuerpos Especiales Postal y de Telecomunicación · BOE Fácil