ANEXO. Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales · CAPÍTULO Ill. Composición de la Academia
Artículo 13.
Con objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, el Secretario general presentará en la sesión del Pleno de la Academia del mes de octubre relación de los Académicos que deben pasar automáticamente a la situación de Académicos supernumerarios.
Texto oficial de Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales (BOE-A-1979-7819). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 13. — Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales · BOE Fácil