Artículo 80. De los emblemas de Colegiados de Honor.
El emblema de oro nacional constará de una rama de laurel y otra de palma, en esmalte verde, bastón de nudos, serpiente y escudo de oro.
El emblema de plata nacional constará de una rama de laurel y otra de palma, en esmalte verde, bastón con nudos y serpiente de plata.
El emblema de plata provincial constará de una rama de laurel y otra de palma, de esmalte verde, bastón con nudos y serpiente de plata.
Texto oficial de Real Decreto 1018/1980, de 19 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Médica Colegial y del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (BOE-A-1980-10861). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 80. De los emblemas de Colegiados de Honor. — Real Decreto 1018/1980, de 19 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Médica Colegial y del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos · BOE Fácil