TÍTULO II. COMPOSICIÓN · CAPÍTULO 1. Órganos · Sección 5.ª De otras funciones y servicios del Consejo · Subsección 1.ª De las funciones administrativas y auxiliares
Artículo 78. Contable.
Adscritos a la Secretaria General habrá uno o más Contables pertenecientes al Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública, designados a petición del Presidente del Consejo por el Interventor General de la Administración del Estado, y que tendrán como funciones la colaboración y auxilio en las de índole económica encomendadas al Jefe de los Servicios Económicos.
Texto oficial de Reglamento Orgánico del Consejo de Estado (BOE-A-1980-18703). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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