Lo establecido en los anteriores artículos no obsta a la facultad del Juez Instructor para solicitar los informes sobre la moralidad de los procesados, de conformidad con el artículo trescientos setenta y siete de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Desde que el Registro Central de Penados expida certificaciones comprendiendo las medidas de seguridad, no será exigible la declaración a que se refiere la letra b) del párrafo uno del artículo segundo.
DISPOSICIONES ADICIONALES
###### Primera.
La entrada en vigor de la presente Ley no alterará el actual régimen jurídico sobre informes dentro de la competencia del ramo de defensa, ni en los regulados por los Reglamentos de Armas y Explosivos.
###### Segunda.
El Gobierno dictará, en el plazo de tres meses, las disposiciones reglamentarias para la ejecución de la presente Ley.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido por la presente Ley.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio Real, de Madrid, a uno de diciembre de mil novecientos ochenta.
**JUAN CARLOS R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**ADOLFO SUÁREZ GONZÁLEZ**
Texto oficial de Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificaciones e informes sobre conducta ciudadana (BOE-A-1980-26006). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. — Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificaciones e informes sobre conducta ciudadana · BOE Fácil