Queda derogado el Decreto mil setecientos sesenta y seis/mil novecientos setenta y cinco, de veinte de junio, sobre características de accesibilidad para minusválidos en viviendas de protección oficial, así como el apartado A) del artículo segundo del Real Decreto tres mil ciento cuarenta y ocho/mil novecientos setenta y ocho, de diez de noviembre, en cuanto se oponga a lo dispuesto en el artículo segundo del presente Real Decreto.
###### Disposición transitoria.
En tanto no se produzca la entrada en vigor de las norman que se dicten en desarrollo de esta disposición serán de aplicación las características de accesibilidad contenidas en el Decreto mil setecientos sesenta y seis/mil novecientos setenta y cinco, de veinte de junio.
Dado en Madrid a veinticinco de enero de mil novecientos ochenta.
**JUAN CARLOS R.**
**El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo.**
**JESÚS SANCHO ROF**
Texto oficial de Real Decreto 355/1980, de 25 de enero, sobre reserva y situación de las viviendas de protección oficial destinadas a minusválidos (BOE-A-1980-4552). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. — Real Decreto 355/1980, de 25 de enero, sobre reserva y situación de las viviendas de protección oficial destinadas a minusválidos · BOE Fácil