TÍTULO II. Del otorgamiento de la concesión de estaciones de servicio a través de concurso
Artículo 10.
La proposición y los documentos relacionados en el artículo anterior habrán de ser entregados a mano en la dependencia expresada en el anuncio, dentro del plazo de admisión señalado en el mismo. No se admitirán los enviados por correo o cualquier otro procedimiento distinto del señalado, salvo que el anuncio de la licitación lo autorice.
La oficina receptora dará recibo de cada proposición, en el que conste el nombre del titular de ésta, la denominación de la estación que se pretenda y el día y hora de la presentación.
Texto oficial de Orden de 10 de abril de 1980 por la que se aprueba el Reglamento para el Suministro y Venta de Carburantes y Combustibles Líquidos objeto del Monopolio de Petróleos (BOE-A-1980-8656). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 10. — Orden de 10 de abril de 1980 por la que se aprueba el Reglamento para el Suministro y Venta de Carburantes y Combustibles Líquidos objeto del Monopolio de Petróleos · BOE Fácil