real decreto · BOE-A-1981-10394
Real Decreto 799/1981, de 27 de febrero, sobre normas aplicables a la realización de actividades de investigación científica-marina en zonas sometidas a la jurisdicción española
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 8/5/1981
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Presidencia del Gobierno
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula las actividades de investigación científica-marina realizadas por Estados extranjeros en las aguas bajo jurisdicción española.
A quién afecta: Estados extranjeros y organizaciones internacionales que soliciten realizar investigación científica-marina en aguas españolas.
- Las actividades de investigación científica-marina no constituyen fundamento jurídico para ninguna reivindicación sobre el medio marino o sus recursos.
- Requieren autorización expresa de las autoridades españolas, solicitada al Ministerio de Asuntos Exteriores con al menos seis meses de antelación.
- El Ministerio de Asuntos Exteriores recaba informe de los Ministerios de Defensa, Agricultura, Industria y Energía, Transportes y Universidades.
- España puede solicitar la participación de científicos españoles en las campañas autorizadas.
¿Con cuánta antelación debe solicitarse la autorización para investigación científica-marina de un Estado extranjero?
Con un plazo no inferior a seis meses antes de la fecha prevista para el comienzo de las actividades.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
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- Derogada por: Supresión de Órganos Colegiados de la Administración General del Estado (1 notas)
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