TÍTULO TERCERO. De las prestaciones de la Administración · CAPÍTULO II. Instrucción y educación · Sección sexta. Bibliotecas
Artículo 177.
Para servir a la obra educativa de las distintas unidades docentes y en particular para el trabajo en equipo, los fondos de la Biblioteca abarcarán las áreas de enseñanzas de la Educación Permanente de Adultos a nivel de Educación General Básica.
Texto oficial de Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario (BOE-A-1981-14095). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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