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ley · BOE-A-1981-24155

Ley 33/1981, de 5 de octubre, del Escudo de España

Estado
Vigente
Publicación
19/10/1981
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta ley reguló el Escudo de España, describiendo heráldicamente sus cuarteles (castillo, león rampante, palos de gules y cadena de Navarra) y el escusón con las flores de lis de la dinastía reinante.

A quién afecta: Organismos públicos que utilicen el Escudo de España en sus edificios, documentos o símbolos oficiales.

  • El artículo 1 describe heráldicamente el Escudo de España: cuartelado y entado en punta, con castillo, león rampante, palos de gules y cadena de oro.
  • El artículo 2 añade al escudo un escusón de azur con tres flores de lis de oro, propio de la dinastía reinante.
  • La disposición transitoria primera dio a los organismos públicos un plazo máximo de tres años para sustituir el escudo entonces en uso por el nuevo modelo oficial.
¿Qué representa el escusón central del Escudo de España regulado por esta ley?

Tres flores de lis de oro sobre azur, propias de la dinastía reinante, según el artículo 2 de esta ley.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.

Ley del Escudo de España · BOE Fácil