ley · BOE-A-1981-24155
Ley 33/1981, de 5 de octubre, del Escudo de España
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 19/10/1981
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Esta ley reguló el Escudo de España, describiendo heráldicamente sus cuarteles (castillo, león rampante, palos de gules y cadena de Navarra) y el escusón con las flores de lis de la dinastía reinante.
A quién afecta: Organismos públicos que utilicen el Escudo de España en sus edificios, documentos o símbolos oficiales.
- El artículo 1 describe heráldicamente el Escudo de España: cuartelado y entado en punta, con castillo, león rampante, palos de gules y cadena de oro.
- El artículo 2 añade al escudo un escusón de azur con tres flores de lis de oro, propio de la dinastía reinante.
- La disposición transitoria primera dio a los organismos públicos un plazo máximo de tres años para sustituir el escudo entonces en uso por el nuevo modelo oficial.
¿Qué representa el escusón central del Escudo de España regulado por esta ley?
Tres flores de lis de oro sobre azur, propias de la dinastía reinante, según el artículo 2 de esta ley.
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
19 de octubre de 1981
Escudo de España — versión original 1981
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