REGLAMENTO DEL CUERPO ESPECIAL DE INSPECTORES FINANCIEROS Y TRIBUTARIOS DEL ESTADO
Artículo 1. Naturaleza del Cuerpo. Dependencia.
Los Inspectores Financieros y Tributarios del Estado constituyen un Cuerpo Especial, facultativo y técnico, de la Administración Civil del Estado, integrado en el Ministerio de Hacienda y dependiente jerárquicamente del Ministro.
La jefatura superior del Cuerpo corresponde al Subsecretario de Hacienda y, por su delegación, al Inspector Central.
Texto oficial de Real Decreto 425/1981, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Inspectores Financieros y Tributarios del Estado (BOE-A-1981-6209). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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