Asume la máxima autoridad directiva de la Corporación. A título enunciativo, pero no limitativo, serán sus atribuciones y obligaciones:
1.º Presidir la Academia.
2.º Orientar la función científica de la Academia para su más exacto y perfecto desenvolvimiento.
3.º Cumplir y hacer cumplir el estatuto, reglamento y demás acuerdos de la Corporación.
4.º Representar personalmente a la Academia en todos los asuntos y casos que lo exijan.
5.º Disponer la celebración y presidir todas las sesiones, Juntas, Comisiones y Sesiones que estime conveniente, teniendo en ellas voto de calidad.
6.º Firmar los títulos académicos, diplomas y premios y la correspondencia oficial que por su carácter así lo exija. Asimismo, los informes y documentos que deban tener algún efecto ejecutivo en virtud de acuerdos tomados por la Corporación.
7.º Ordenar todos los pagos y firmar todos los documentos que afecten a fondos y propiedades de la Academia.
8.º Resolver con plena autoridad en caso de urgencia, dando después conocimiento a la Junta de Gobierno, y disponer, de acuerdo con ésta, en los casos imprevistos.
Texto oficial de Orden de 19 de enero de 1981 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona (BOE-A-1981-6568). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 10. Cargos directivos: del Presidente. — Orden de 19 de enero de 1981 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona · BOE Fácil