TÍTULO III. Las competencias · CAPÍTULO V. La Administración de Justicia
Artículo 35.
1. A instancia de la Generalitat, el órgano competente convocará los concursos y oposiciones para cubrir las plazas vacantes de Magistrados, Jueces, Secretarios Judiciales y demás personal al servicio de la Administración de Justicia, de acuerdo con lo que dispone la Ley Orgánica del Poder Judicial. En esta resolución se tendrá en cuenta su especialización en el Derecho civil foral valenciano y el conocimiento del idioma valenciano.
2. Corresponde íntegramente al Estado, de conformidad con las leyes generales, el derecho de gracia y la organización y el funcionamiento del Ministerio Fiscal.
> <small>Se modifica por el art. 39 de la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril. [Ref. BOE-A-2006-6472](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-6472).</small>
Texto oficial de Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana (BOE-A-1982-17235). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 35. — Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana · BOE Fácil