real decreto · BOE-A-1982-17775
Real Decreto 1564/1982, de 18 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales no universitarios
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 17/7/1982
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Educación y Ciencia
Este real decreto regula las condiciones para la obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales no universitarios.
A quién afecta: Estudiantes de enseñanzas no universitarias y Ministerio de Educación y Ciencia.
- Solo tienen la consideración de títulos académicos y profesionales no universitarios los obtenidos, expedidos y homologados conforme a este real decreto.
- Los títulos son otorgados por el Rey y expedidos por el Ministro de Educación y Ciencia o el Ministro competente por razón de la materia.
- Los documentos sin validez en todo el territorio nacional pueden homologarse, oído el Consejo Nacional de Educación.
- La convalidación o declaración de equivalencia de estudios corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia.
¿Quién otorga los títulos académicos y profesionales no universitarios en España?
El Rey, siendo expedidos en su nombre por el Ministro de Educación y Ciencia o el Ministro competente por razón de la materia.
Normas relacionadas
- Derogada por: Homologación de Títulos y Estudios Extranjeros de Educación No Universitaria (1 notas)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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