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real decreto · BOE-A-1982-17775

Real Decreto 1564/1982, de 18 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales no universitarios

Estado
Vigente
Publicación
17/7/1982
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Educación y Ciencia

Este real decreto regula las condiciones para la obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales no universitarios.

A quién afecta: Estudiantes de enseñanzas no universitarias y Ministerio de Educación y Ciencia.

  • Solo tienen la consideración de títulos académicos y profesionales no universitarios los obtenidos, expedidos y homologados conforme a este real decreto.
  • Los títulos son otorgados por el Rey y expedidos por el Ministro de Educación y Ciencia o el Ministro competente por razón de la materia.
  • Los documentos sin validez en todo el territorio nacional pueden homologarse, oído el Consejo Nacional de Educación.
  • La convalidación o declaración de equivalencia de estudios corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia.
¿Quién otorga los títulos académicos y profesionales no universitarios en España?

El Rey, siendo expedidos en su nombre por el Ministro de Educación y Ciencia o el Ministro competente por razón de la materia.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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