La mejora voluntaria de la acción protectora de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social a que se refieren los artículos veinticinco y treinta y uno, punto dos, del Decreto dos mil ciento veintitrés/mil novecientos setenta y uno, de veintitrés de julio, por el que se aprueba el texto refundido regulador de dicho Régimen, según la redacción dada a los mismos por el Real Decreto-ley nueve/mil novecientos ochenta y dos, de treinta de abril, se regirá por lo dispuesto en el presente Real Decreto, y en lo no previsto en él, por las normas sobre incapacidad laboral transitoria aplicables a los trabajadores por cuenta ajena comprendidos en el referido Régimen.
Texto oficial de Real Decreto 1976/1982, de 24 de julio, por el que se desarrolla lo dispuesto en el Real Decreto-ley por el que se modifica la redacción de los artículos 25 y 31 del texto refundido regulador del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (BOE-A-1982-21182). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. — Real Decreto 1976/1982, de 24 de julio, por el que se desarrolla lo dispuesto en el Real Decreto-ley por el que se modifica la redacción de los artículos 25 y 31 del texto refundido regulador del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social · BOE Fácil