Uno. El Secretario general, con nivel orgánico de Subdirector general, ejercerá las competencias y funciones en materia de información y relaciones pública, inspección de servicios y relaciones internacionales de carácter interinstitucional y las que expresamente le delegue el Director general del Instituto. Le corresponderá asimismo, la coordinacior de las Subdirecciones Generales, Servicios y demás dependencias del Instituto. El Secretario general sustituirá al Director general del Instituto en los casos de ausencia, enfermadad o vacante.
Dos. En la Secretaría General se integrarán las funciones de información, relaciones públicas, relaciones internacionales, fondos documentales, edición y distribución de publicaciones, relaciones con los servicios informáticos y el Servicio Jurídico Delegado, así como las de recursos humanos, prevención de riesgos laborales y formación del personal del Instituto y calidad de los servicios.
> <small>Se modifica el apartado 2 por el art. 2.1 del Real Decreto 171/2010, de 19 de febrero. [Ref. BOE-A-2010-3472](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-3472).</small>
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 74, de 26 de marzo de 2010. [Ref. BOE-A-2010-4980](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-4980)</small>
> <small>Se deroga el inciso destacado del apartado 2 por la disposición derogatoria única del Real Decreto 947/2001, de 3 de agosto. [Ref. BOE-A-2001-17026](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-17026).</small>
Texto oficial de Real Decreto 2358/1982, de 27 de agosto, por el que se determina la estructura orgánica del Instituto Social de la Marina (BOE-A-1982-24551). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.