Se faculta a los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Sanidad y Consumo para dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las normas necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a veinticuatro de septiembre de mil novecientos ochenta y dos.
**JUAN CARLOS R.**
**El Ministro de la Presidencia,**
**MATIAS RODRIGUEZ INCIARTE**
Texto oficial de Real Decreto 2609/1982, de 24 de septiembre, sobre evaluación y declaración de las situaciones de invalidez en la Seguridad Social (BOE-A-1982-26953). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. — Real Decreto 2609/1982, de 24 de septiembre, sobre evaluación y declaración de las situaciones de invalidez en la Seguridad Social · BOE Fácil