Se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación de tensión superior a mil voltios, que se incluye como anexo a este Real Decreto.
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 15, de 18 de enero de 1983. [Ref. BOE-A-1983-1690](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1983-1690).</small>
Texto oficial de Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas y centros de transformación (BOE-A-1982-31526). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. — Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas y centros de transformación · BOE Fácil