El Director del Instituto, con rango de Subdirector general, será nombrado y separado libremente de su cargo por Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a propuesta del Director general de Trabajo, entre funcionarios de la Administración Pública.
Le corresponde la representación del Instituto y la dirección de su actividad para el cumplimiento de sus fines, la relación con el Consejo General, así como ordenar los gastos y disponer los pagos.
Texto oficial de Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, por el que se regulan la estructura y competencias del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (BOE-A-1982-6639). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. — Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, por el que se regulan la estructura y competencias del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo · BOE Fácil