**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.a) del Real Decreto 562/2025, de 1 de julio. [Ref. BOE-A-2025-13409#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-13409)</small>
> <small>Se convierten a euros las cuantías contempladas en los apartados 19.1 y 2 por el apartado 1 y anexo de la Resolución de 6 de noviembre. [Ref. BOE-A-2001-21531](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-21531).</small>
> <small>Redactado conforme a las correcciones de errores publicadas en BOE núms. 197, de 18 de agosto de 1983. [Ref. BOE-A-1983-22150](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1983-22150) y 250, de 19 de octubre de 1983. [Ref. BOE-A-1983-27540](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1983-27540).</small>
Texto oficial de Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria (BOE-A-1983-19755). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 19. Organos competentes. — Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria · BOE Fácil