El Instituto de las Mujeres tiene como finalidad primordial la promoción y el fomento de las condiciones que posibiliten la libertad, la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres y la participación de las mujeres en la vida política, civil, laboral, económica, social y cultural, así como la prevención y eliminación de toda clase de discriminación de las personas por razón de sexo.
> <small>Se modifica por la disposición final 4.3 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. [Ref. BOE-A-2020-17339#df-5](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-17339)</small>
> <small>Se modifica por el art. 17.3 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre. [Ref. BOE-A-2014-9467](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-9467).</small>
Texto oficial de Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer (BOE-A-1983-28126). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Fines. — Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer · BOE Fácil