TÍTULO VIII. De las guardias · Del Sargento de Cuartel
Artículo 171.
Durante el relevo de esta guardia, el saliente entregará al entrante la carpeta actualizada de órdenes y le comunicará las instrucciones verbales que haya recibido, las novedades ocurridas que la afecten, la situación del personal de tropa de la Unidad y la del armamento, material y locales que tenga a cargo. Una vez concluido, ambos, darán novedades al Oficial de Cuartel.
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 298, de 14 de diciembre de 1983. [Ref. BOE-A-1983-32652](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1983-32652).</small>
Texto oficial de Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra (BOE-A-1983-31306). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 171. — Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra · BOE Fácil