APÉNDICE I. Acuerdo de constitución del Banco Africano de Desarrollo · CAPÍTULO VII. Status, inmunidad, exenciones y privilegios
Artículo 54. Libertad de posesión de activos.
En la medida en que se requiera para realizar el objetivo y las funciones del Banco y sujeto a las disposiciones del presente Acuerdo, la propiedad y demás activos del Banco estarán libres de restricciones, reglamentaciones, controles y moratorias de toda índole.
Texto oficial de Ley de Ingreso en el Banco Africano de Desarrollo (BOE-A-1983-31432). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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