Lo dispuesto en la presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 30 de noviembre de 1983.
**ALMUNIA AMANN**
Ilmos. Sres. Secretario general para la Seguridad Social, Director general de Régimen Económico y Jurídico de la Seguridad Social, Interventor general de la Seguridad Social, Directores generales de Entidades Gestoras de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social.
Texto oficial de Orden de 30 noviembre de 1983 por la que se regulan los derechos honoríficos de los funcionarios de la Seguridad Social (BOE-A-1983-32415). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. — Orden de 30 noviembre de 1983 por la que se regulan los derechos honoríficos de los funcionarios de la Seguridad Social · BOE Fácil