TITULO X. De las Unidades de la Infantería de Marina · De los servicios y guardias
Artículo 383.
La designación de las Clases de Tropa que han de prestar servicio corresponden al Capitán de cada Compañía, que la efectuará con arreglo al número y condiciones que haya fijado la Orden de la Unidad. Su relación nominal se hará pública en una lista que se expondrá en lugar visible.
Texto oficial de Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada (BOE-A-1984-12106). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 383. — Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada · BOE Fácil