TITULO XXII. De los honores militares y el ceremonial marítimo · Ceremonial maritimo
Artículo 626.
En el saludo al cañón no se cubrirán pasamanos y la dotación se encontrará, en sus puestos de babor y estribor de guardia o de guardia de mar. Los oficiales y suboficiales al mando de las formaciones saludarán militarmente, así como los que no estén en formación.
Texto oficial de Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada (BOE-A-1984-12106). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 626. — Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada · BOE Fácil