Por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y Sanidad y Consumo se procederá a la normalización de los informes y dictámenes médicos a que se refiere el artículo 3.º, y de las propuestas a que se refiere el artículo 6.º, ambos del Real Decreto 2609/1982, de 24 de septiembre.
###### Disposición derogatoria.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto y, en lo que les afecta, parcialmente, la disposición transitoria primera del Decreto 1646/1972, de 23 de junio, así como el artículo 19 del Decreto 3158/1966, de 23 de diciembre.
Dado en Madrid a 23 de mayo de 1984.
**JUAN CARLOS R.**
**El Ministro de la Presidencia,**
**JAVIER MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ**
Texto oficial de Real Decreto 1071/1984, de 23 de mayo, por el que se modifican diversos aspectos en la normativa vigente en materia de invalidez permanente en la Seguridad Social (BOE-A-1984-12729). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. — Real Decreto 1071/1984, de 23 de mayo, por el que se modifican diversos aspectos en la normativa vigente en materia de invalidez permanente en la Seguridad Social · BOE Fácil