El Secretario general y los Subdirectores generales de la Tesorería General de la Seguridad Social serán nombrados y separados por el procedimiento de libre designación, por el Secretario de Estado de la Seguridad Social.
> <small>Se modifica por el art. 16 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre. [Ref. BOE-A-1997-86](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1997-86)</small>
> <small>Redactado conforme a la Corrección de errores publicada en el BOE núm. 31, de 5 de febrero de 1997. [Ref. BOE-A-1997-2343](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1997-2343)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social (BOE-A-1984-15723). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. Provisión de puestos. — Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social · BOE Fácil