Las plantillas de personal señalarán el empleo, Arma, Cuerpo, Escala, especialidad y demás condiciones que se deban reunir para cubrir cada uno de los destinos y puestos de los Organismos y Unidades del Ejército del Aire. Los mandos con atribución para asignarlos se atendrán a las disposiciones y normas de aplicación que regulan esta materia.
Texto oficial de Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire (BOE-A-1984-6194). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 130. — Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire · BOE Fácil