TÍTULO IX. De los servicios · Servicios de orden · Del Sargento de Servicio Interior
Artículo 248.
Conocerá en todo momento el estado y situación de los individuos de tropa de su Unidad; comprobará diariamente el aseo, uniformidad y presentación del personal y el buen estado del armamento, material, efectos y utensilios de su Escuadrilla, dando cuenta al Oficial de Servicio Interior de cualquier falta o anomalía que observare.
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 78, de 31 de marzo de 1984. [Ref. BOE-A-1984-7808](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1984-7808).</small>
Texto oficial de Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire (BOE-A-1984-6194). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 248. — Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire · BOE Fácil