TÍTULO IX. De los servicios · Servicios de orden · Del Sargento de Servicio Interior
Artículo 251.
Siempre que forme a la tropa para cualquier acto, comprobará si las ausencias están justificadas, la correcta uniformidad y policía de los presentes, si el equipo es el adecuado y, en su caso, revisará las armas y munición, dando parte de las novedades al oficial de Servicio Interior.
Texto oficial de Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire (BOE-A-1984-6194). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 251. — Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire · BOE Fácil