TÍTULO XIV. De las manifestaciones externas de la disciplina · De las presentaciones y visitas
Artículo 346.
Los Oficiales Generales solicitarán audiencia ante su Majestad el Rey y el Ministro de Defensa cuando sean promovidos a cada uno de los empleos de General y al hacerse cargo de los sucesivos destinos que se les confieran. Los Tenientes Generales también lo harán, en la misma circunstancias, ante el Presidente del Gobierno.
Los Coroneles que sean designados para el mando de Unidad o Centro solicitarán audiencia ante su Majestad el Rey y el Ministro de Defensa al hacerse cargo del mismo.
Texto oficial de Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire (BOE-A-1984-6194). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 346. — Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire · BOE Fácil