TÍTULO III. Del mando en las Unidades Aéreas · De los Mandos en el Escuadrón de Seguridad e Instrucción · Del Jefe de la Escuadrilla de Policía
Artículo 86.
Deberá ser permanente ejemplo de virtudes militares y con su dinamismo y competencia profesional imprimirá un sello personal a su Escuadrilla. Enseñará y transmitirá a sus subordinados los valores y tradiciones del Ejército del Aire, procurando inculcarles un elevado espíritu de servicio y un gran amor a la Patria.
Texto oficial de Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire (BOE-A-1984-6194). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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