REGLAMENTO GENERAL DE NORMAS BASICAS DE SEGURIDAD MINERA · CAPITULO IV. Labores subterráneas · 4.6 Trabajos y explotaciones.
Artículo 63.
En los pocillos destinados al transporte por gravedad de mineral o rellenos, queda prohibido realizar la labor de desatrancamiento desde los lugares en que el personal pueda ser alcanzado por el material que se transporte.
Texto oficial de Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (BOE-A-1985-10836). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 63. — Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera · BOE Fácil