Las empresas en el ámbito de las actividades deportivas profesionales que estén legalmente obligadas deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad que deberá ser asimismo objeto de negociación en los términos previstos en los artículos 45 y 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
> <small>Se añade por la disposición final 3.5 de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto. [Ref. BOE-A-2024-15936#df-3](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-15936)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales (BOE-A-1985-12313). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 18 bis. — Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales · BOE Fácil