TÍTULO III. De las actuaciones judiciales · CAPÍTULO I. De la oralidad, publicidad y lengua oficial
Artículo 236.
La publicidad de los edictos se realizará a través del Tablón Edictal Judicial Único, en la forma en que se disponga reglamentariamente, incluyendo los datos estrictamente necesarios para cumplir con su finalidad.
> <small>Se modifica por la disposición final 3.4 de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo. [Ref. BOE-A-2021-8806#df-3](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-8806)</small>
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único.5 de la Ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-2018-17987](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-17987)</small>
> <small>Se añade el párrafo segundo al apartado 1 por el art. 2.10 de la Ley Orgánica 8/2003, de 9 de julio. [Ref. BOE-A-2003-13812](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-13812)</small>
Texto oficial de Ley Orgánica del Poder Judicial (BOE-A-1985-12666). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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