TÍTULO II. De la planta y organización territorial · CAPÍTULO I. De los Tribunales
Artículo 26.
Los Tribunales a los que se atribuye el ejercicio de la potestad jurisdiccional son los siguientes:
a) Jueces y juezas de paz.
b) Tribunales de Instancia.
c) Audiencias Provinciales.
d) Tribunales Superiores de Justicia.
e) Tribunal Central de Instancia.
f) Audiencia Nacional.
g) Tribunal Supremo.
> <small>Se modifica por el art. 1.9 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. [Ref. BOE-A-2025-76#a1](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-76)</small>
> <small>Se modifica el párrafo segundo por la disposición adicional 10.1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-2004-21760](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-21760).</small>
> <small>Se modifica por el art. 2.1 de la Ley Orgánica 8/2003, de 9 de julio. [Ref. BOE-A-2003-13812](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-13812)</small>
> <small>Se modifica el inciso segundo por el art. 1.1 de la Ley Orgánica 7/1988, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-1988-29621](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1988-29621)</small>
Texto oficial de Ley Orgánica del Poder Judicial (BOE-A-1985-12666). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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