En lo no previsto en las presentes normas será de aplicación lo establecido en el capítulo II, título I, de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.
###### Disposición transitoria.
Las Comisiones Provinciales a que se refiere el artículo 15, una vez establecido los criterios de actuación del Instituto, se constituirán por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en el plazo de cuatro meses a partir del día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de las competencias que correspondan a las Comunidades Autónomas.
###### Disposición final.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 25 de enero de 1985.
**ALMUNIA AMANN**
Ilmos. Sres. Subsecretario, Director general de Trabajo y Director del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Texto oficial de Orden de 25 de enero de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Consejo General del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (BOE-A-1985-2559). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 16. — Orden de 25 de enero de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Consejo General del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo · BOE Fácil