TÍTULO TERCERO. De las penas · CAPÍTULO IV. Aplicación de las penas
Artículo 30. y siete.
En los casos en que no concurran todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad, se podrá imponer la pena inferior en grado a la señalada por la ley, sin perjuicio de las medidas de seguridad que el Código Penal prevé al efecto.
Texto oficial de Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, de Código Penal Militar (BOE-A-1985-25779). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 30. y siete. — Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, de Código Penal Militar · BOE Fácil